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LAS OBLIGACIONES DE LAS COMUNIDADES DE PROPIETARIOS TRAS EL NUEVO REGLAMENTO DE PROTECCIÓN DE DATOS DE LA UE

Aplicación del GDPR

La ineludible aplicación, a partir del próximo 25 de mayo, del Reglamento General de Protección de Datos de la Unión Europea (Reglamento UE 2016/679 de 27 de abril de 2016), está generando muchas dudas respecto de las obligaciones de las empresas que tienen que tratar datos de carácter personal. Si hay un sector que afecta a nuestros asociados y que es especialmente sensible a estos temas es la instalación y mantenimiento de sistemas y equipos de CCTV en Comunidades de Propietarios.

Si bien es cierto que los responsables de los ficheros son los titulares de la instalación, también lo es que las empresas instaladoras ofrecen, en muchas ocasiones, servicios por los que asumen esa responsabilidad o, en casi todos los casos, asesoramiento sobre las obligaciones de las comunidades de propietarios respecto del cumplimiento de la Ley de Protección de Datos.

En teoría, ni la aprobación, ni la aplicación del Reglamento Europeo supone la derogación formal de la vigente LOPD; pero se plantean serias dudas sobre aspectos regulados contradictoriamente en ambas normas, como el registro de ficheros, las obligaciones formales establecidas para el titular y el responsable del mismo, etc.

Posición de la AEPD

Aunque se está tramitando una nueva Ley de Protección de Datos de Carácter Personal que, posiblemente, despejará muchas de las dudas que se plantean, AMIITEL ha considerado, por el corto plazo de tiempo que queda hasta que se aplique efectivamente el Reglamento Europeo, que debería informar a sus asociados sobre la opinión y posición cualificada que mantiene la Agencia Española de Protección de Datos, sobre estas dos cuestiones:

• ¿Será obligatorio, a partir del próximo 25 de mayo de 2018, dar de alta ante la AEPD o ante otro organismo público, el fichero que se genera cuando se pone en funcionamiento una CCTV?

• ¿Seguirán en vigor, en esa fecha, las obligaciones establecidas en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal? ¿Qué obligaciones les impone la nueva norma a las Comunidades de propietarios?

Obviamente, se informará adecuadamente a los asociados y partners de la respuesta que ofrezca la citada institución.

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