El Consejo Territorial de Servicios Sociales determina el contenido del servicio de Teleasistencia en el hogar
La Ley define, en su artículo 22.1, la TELEASISTENCIA como un servicio que facilita la asistencia a las personas beneficiarias mediante el uso de tecnologías de la comunicación y de la información, con apoyo de los medios personales necesarios, en respuesta inmediata ante situaciones de emergencia, o de inseguridad, soledad y aislamiento. Puede ser un servicio independiente o complementario al de ayuda a domicilio.
El Secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, mediante resolución del pasado 15 de enero de 2018, aprobó el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales por el que se determina el contenido del servicio de TELEASISTENCIA, tanto en su modalidad básica como avanzada.
TELEASISTENCIA BÁSICA
El servicio de Teleasistencia Básica se llevará a cabo a través de la instalación de un terminal en la vivienda de la persona beneficiaria conectado a una central receptora, con la que se comunica en caso de urgencia mediante la activación de un pulsador.
El acuerdo describe la tecnología asociada a los servicios de TELEASISTENCIA básica: Dispositivos domiciliarios que posibiliten la recepción y emisión de comunicaciones, con sus correspondientes unidades de control remoto y un centro de atención a la persona usuaria, todos ellos accesibles y que posibiliten diversas modalidades de comunicación no restringidas únicamente a la emisión-recepción de mensajes hablados, como la comunicación vía texto, la comunicación aumentativa y alternativa (con uso de pictogramas o imágenes), y la lengua de signos a través de video comunicación.
El terminal domiciliario debe tener pulsadores o botones diferenciables entre sí por sus características de color, tamaño, texto, relieve, símbolo o forma en función de las necesidades de la persona usuaria; también debe poder ser activado mediante un producto de apoyo adecuado para las personas usuarias que, debido a limitaciones de movilidad de miembros superiores, lo necesiten.
TELEASISTENCIA AVANZADA
La Teleasistencia Avanzada es aquella que incluye además, de los servicios de asistencia básica que la persona usuaria precise, apoyos tecnológicos complementarios dentro o fuera del domicilio, así como la interconexión con los servicios de información y profesionales de referencia en los sistemas sanitario y social, desarrollando procesos y protocolos de actuación en función de la situación de necesidad de atención detectada.
La Tecnología asociada a los servicios de TELEASISTENCIA avanzada incluye:
- Detectores de caídas, escapes de gas, de agua, de fuego.
- Pulsera que contemple como funciones principales la localización y alertas de zona.
- Dispositivos móviles específicos (video comunicación).
- Otros dispositivos tecnológicos que puedan facilitar los servicios descritos en los apartados anteriores.
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