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Las Áreas de Prioridad Residencial (APR), condiciones y acceso

El Ayuntamiento de Madrid lleva tiempo anunciando la implantación de un área de circulación restringida en el distrito Centro. Dicha medida, según se ha anunciado desde el Consistorio, será efectiva a partir del próximo mes de noviembre.

Puestos en contacto con el número de información que el Ayuntamiento facilita para la gestión de los trámites (010) nos comunican que, a día de hoy, se desconoce la operativa concreta mediante la cual un usuario puede obtener la autorización necesaria para evitar ser multado según los supuestos que se han establecido. No obstante ofrecemos los vínculos a las páginas del Ayuntamiento con las condiciones y los trámites para solicitar dichas autorizaciones:

Igualmente, nos informan de que la medida entrará en vigor a partir del 1 de noviembre con carácter informativo exclusivamente, pero no será efectiva, y comenzará el envío de multas a los infractores, hasta febrero de 2019.

¿Cuáles son las Áreas de Prioridad Residencial?

Existen cuatro Áreas de Prioridad Residencial:

  1. Plano APR de Letras. Listado de calles Letras.
  2. Plano APR de Cortes. Listado de calles Cortes.
  3. Plano APR de Embajadores. Listado de calles Embajadores.
  4. Plano APR de Ópera. Listado de calles Ópera.

El control de accesos a las Áreas de Prioridad Residencial se realiza con las cámaras que están situadas en sus vías de acceso, mediante la captura de una imagen de la matrícula de la parte posterior del vehículo. El número de la matrícula es contrastado con la base de datos de matrículas autorizadas, iniciándose procedimiento sancionador a los titulares de los vehículos no autorizados. Los accesos a las Áreas de Prioridad Residencial están debidamente señalizados.

¿Quiénes pueden acceder libremente?

El acceso a las Áreas de Prioridad Residencial es libre para:

Residentes del SER a su correspondiente barrio, turismos con autorización Cero Emisiones del SER, autotaxis, ambulancias, motocicletas de 7 a 22 horas  y bicicletas.

También pueden acceder los vehículos que estacionen en un parking o en un establecimiento de hospedaje. En este caso, el titular del establecimiento tiene que tramitar la autorización de acceso de dichos vehículos.

Descargar el típtico que recoge las normas y requisitos de acceso

Descargar el Decreto criterios de acceso y funcionamiento APR

Descargar plano APR Letras

Descargar plano APR Cortes

Descargar plano APR Embajadores

Descargar plano APR Ópera

Descargar listado calles Letras

Descargar listado calles Cortes

Descargar listado calles Embajadores

Descargar listado calles Ópera

Correo electrónico habilitado para consulta de autorizaciones de acceso APR: aprmovilidad@madrid.es

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info@amiitel.org
915 715 249

Príncipe de Vergara, 74. 2ª Planta. Edificio CEOE. 28006 Madrid

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