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Da comienzo el nuevo protocolo por alta contaminación en Madrid

El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado la revisión del Protocolo para episodios de alta contaminación, que ha entrado en vigor hoy, 8 de octubre. Las principales novedades introducidas son la imitación de la circulación de los vehículos en función de los distintivos ambientales de la DGT, incluidas las motos y los ciclomotores, el adelanto y refuerzo de algunos escenarios, la creación de uno nuevo y la extensión geográfica a toda la ciudad, más allá de la M-30, de algunas medidas.

También incorpora un nuevo criterio para activar los niveles de preaviso y aviso cuando se superen los umbrales correspondientes en tres estaciones cualesquiera de la red para que tengan más peso los distritos exteriores a la M-30, además de en dos estaciones de la misma zona como hasta ahora. Se podrá declarar el escenario 3 con tres días consecutivos de preaviso, lo que se suma a los dos días de aviso ya recogidos actualmente. Como en el protocolo anterior, la activación de episodios y escenarios se producirá cuando la previsión de la AEMET sea desfavorable para la contaminación.

El protocolo se activará cuando se superen los niveles de preaviso o aviso, de forma gradual comenzando siempre con las medidas del primer escenario, que incluye la recomendación del uso del transporte público y la reducción de la velocidad máxima a 70 kilómetros por hora en M-30 y accesos a la ciudad. Para el resto de escenarios, que introducen las medidas de restricción del estacionamiento y la circulación, se avisará con un día de antelación.

Niveles de aviso

  • PREAVISO: cuando en dos estaciones cualesquiera de una misma zona se superan los 180 microgramos/m3durante dos horas consecutivas de forma simultánea o en tres estaciones cualesquiera de la red de vigilancia se superan los 180 microgramos/mdurante tres horas consecutivas de forma simultánea.
  • AVISO: cuando en dos estaciones cualesquiera de una misma zona se superan los 200 microgramos/mdurante dos horas consecutivas de forma simultánea o en tres estaciones cualesquiera de la red de vigilancia se superan los 200 microgramos/m3  durante tres horas consecutivas de forma simultánea.
  • ALERTA: cuando en tres estaciones cualesquiera de una misma zona (o dos si se trata de la zona 4) se superan los 400 microgramos/m3durante tres horas consecutivas de forma simultánea.

Escenarios posibles

Escenario 1 (primer día de activación y 1 día de superación con nivel de preaviso)

  • Limitación de velocidad a 70 km/h en la M-30 y los accesos a Madrid dentro de la M-40.
  • Recomendación del uso del transporte público.

Escenario 2 (2 días consecutivos con superación del nivel de preaviso o 1 día con superación del nivel de aviso)

  • Prohibición de estacionar en las plazas y horarios del SER. Solo pueden aparcar los vehículos CERO y, como novedad, los ECO.
  • Prohibición de circular a los vehículos, incluidos ciclomotores y motocicletas, sin etiqueta ambiental de la DGT en la almendra central y en la M-30. En el caso de la almendra central suponen un 13,4% de los desplazamientos.
  • Medidas del escenario anterior.

Escenario 3 (3 días consecutivos con superación del nivel de preaviso o 2 días consecutivos con superación del nivel de aviso)

  • La prohibición de circular a los vehículos, incluidos ciclomotores y motocicletas, se extiende a toda la ciudad. Supone una reducción del 17,7% de la circulación en toda la ciudad.
  • Se recomienda la no circulación a los taxis que no estén en servicio, excepto los vehículos CERO y ECO.
  • Medidas del escenario anterior.

Escenario 4 (4 días consecutivos con superación del nivel de aviso)

  • Prohibición de estacionar en las plazas y horarios del SER. Solo pueden aparcar los vehículos CERO y los ECO.
  • En la M-30 y su interior la limitación de circulación se extiende a los vehículos con etiqueta B, que suponen entre un 47 y un 49 por ciento de los recorridos en esos ámbitos.
  • Prohibición de circular a los taxis libres, excepto los que tengan etiqueta CERO o ECO.

Escenario 5 (Alerta. 1 día de nivel de alerta) Coincide con el nivel de alerta marcado por la Unión Europea al que nunca se ha llegado en Madrid.

  • Solo podrán estacionar en el SER los vehículos CERO.
  • A las medidas anteriores, se suma la prohibición en toda la ciudad de circular a los vehículos sin distintivo ambiental y a los B y C.
  • Medidas del escenario anterior.

Excepciones

Durante la aplicación de las medidas del Protocolo de contaminación, podrán seguir estacionando en las plazas del SER los residentes (exclusivamente en su barrio y plazas), los de personas con movilidad reducida, los autorizados como comerciales e industriales del SER con calificación ambiental CERO, ECO y C, y los B hasta el 31 de diciembre de 2020, los vehículos estacionados en zonas reservadas para su actividad y los autotaxis y vehículos de alquiler de servicio público con conductor que estén en servicio y su conductor esté presente, entre otras excepciones.

Por otro lado, habrá excepciones a la limitación de circulación para el transporte público colectivo, los servicios de emergencias, los vehículos de profesionales cuya hora de inicio o de fin de jornada laboral esté fuera del horario de cobertura del transporte público previa autorización, los vehículos para limpieza y gestión de arbolado urbano. También se permitirá la circulación a los vehículos comerciales e industriales de distribución urbana de mercancías (igual o inferior a 3.500 kg hasta diciembre de 2019 y superior a 3.500 kg hasta diciembre de 2022), y algunos vehículos especiales, como grúas, servicios funerarios, adaptados para la retransmisión de radio o televisión o vehículos blindados.

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Distintivos de los vehículos en función del impacto ambiental

Son cuatro los distintivos ambientales creados por la Dirección General de Tráfico (DGT) en función del impacto medioambiental de los vehículos.

Esta categorización tiene su origen en el Plan nacional de calidad del aire y protección de la atmósfera 2013-2016 (Plan Aire) en el que se afirma que tanto las partículas como el dióxido de nitrógeno tienen en el tráfico rodado la principal fuente de emisión en las grandes ciudades y propone la clasificación de los vehículos en función de los niveles de contaminación que emiten.

La clasificación del parque tiene como objetivo discriminar positivamente a los vehículos más respetuosos con el medio ambiente y ser un instrumento eficaz al servicio del control de tráfico en episodios de alta contaminación.

La colocación del distintivo es voluntaria de momento, pero será obligatorio dentro de seis meses. Se recomienda que se adhiera en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero, si se dispone de él, o en su defecto, en cualquier sitio visible del vehículo.

Categorías:

Distintivo «0 emisiones»

  • Vehículos clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.

Distintivo “ECO”

  • Turismos y comerciales ligeros, clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos híbridos enchufables con autonomía <40km, vehículos híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural, vehículos propulsados por gas natural comprimido (GNC) o gas licuado del petróleo (GLP). En todo caso, además deberán cumplir los siguientes parámetro, Vehículos con combustible gasolina con nivel de emisiones EURO 4/IV, 5/V o 6/VI o combustible diésel con nivel de emisiones EURO 6/VI.
  • Vehículos de más de 8 plazas y transporte de mercancías, clasificados en el Registro de Vehículos como híbridos enchufables con autonomía <40km, híbridos no enchufables (HEV), propulsados por gas natural comprimido (GNC), gas natural licuado (GNL) o gas licuado del petróleo (GLP). En todo caso, además deberán cumplir que el nivel de emisiones del vehículos sea EURO 6/VI, indistintamente del tipo de combustible.

 Distintivo “C”

  • Turismos y comerciales ligeros, clasificados en el Registro de Vehículos como gasolina EURO 4/IV, 5/V o 6/VI o diésel EURO 6/VI.
  • Vehículos de más de 8 plazas y transporte de mercancías, clasificados en el Registro de Vehículos con nivel de emisiones del vehículos sea EURO 6/VI, indistintamente del tipo de combustible.

 Distintivo “B”

  • Turismos y comerciales ligeros, clasificados en el Registro de Vehículos como gasolina EURO 3/III o Diésel EURO 4/IV o 5/V.
  • Vehículos de más de 8 plazas y transporte de mercancías, clasificados en el Registro de Vehículos con nivel de emisiones Euro IV/4 o V/5, indistintamente del tipo de combustible.

Vehículos A

Todo vehículo a motor que por su clasificación en el Registro de Vehículos no cumple las condiciones o requisitos para la obtención de la clasificación 0 emisiones, ECO, C o B.

Oficinas de Correos en las que ya se puede adquirir el distintivo ambiental 

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915 715 249

Príncipe de Vergara, 74. 2ª Planta. Edificio CEOE. 28006 Madrid

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