La Comunidad de Madrid convoca ayudas para fomentar la mejora de la eficiencia energética y de la accesibilidad en viviendas

Las bases que regulan la concesión de las ayudas se establecen en la orden de 20 de marzo de 2019, de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras de la Comunidad de Madrid, publicada en el BOCM el 25 de marzo de 2019
Para acceder a las ayudas relacionadas con el Programa de Fomento de Conservación, Seguridad y Accesibilidad de las Viviendas se exige que los edificios sirvan de vivienda habitual, estén construidos con anterioridad a 1.996 o, que en los mismos reside un porcentaje de discapacitados igual o superior al 33 %.
Podrán ser beneficiarios tanto los propietarios de las viviendas (ya sean persona física o jurídica) en que se ejecuten las operaciones, como las Comunidades de Propietarios, comunidades de bienes, cooperativas, empresas constructoras o adjudicatarias e incluso las empresas de servicios energéticos que afronten la inversión.
Para el Programa de fomento de conservación, mejora de la seguridad y accesibilidad de las viviendas, las ayudas máximas serán de:
- Por actuaciones de mera conservación, hasta 3.000 € por vivienda y 30 €/m2
- por local con el límite del 40 % de la inversión.
- Por actuaciones de mejora de la seguridad de la utilización y de la accesibilidad, o de estas conjuntamente con las de conservación, será de 8.000 € por vivienda y 80 €/m2 en el caso de locales comerciales, para los edificios colectivos, con el indicado límite del 40 % de la inversión.
Estos límites se podrán superar en caso de viviendas o edificios en los que residan personas con discapacidad.
También se convocan ayudas para la mejora de la Eficiencia Energética y Sostenibilidad en Viviendas, tanto unifamiliares como colectivas: mejoras en la envolvente térmica, en instalaciones de sistemas de calefacción, climatización, ACS y ventilación y para la instalación de sistemas de generación para el uso de energías renovables. En estos tres apartados debe lograrse una mejora de la eficiencia energética de entre el 20 % y el 35 %.
Para este programa, las ayudas máximas oscilarán entre los 12.000 € de media con un límite del 40 % de la inversión subvencionable (hasta 24.000 € en casos de discapacitados graves) en el caso de viviendas unifamiliares, y el resultado de multiplicar 8.000 € por vivienda y 80 €/m2 en el caso de locales comerciales, para los edificios colectivos, con el indicado límite del 40 % de la inversión (importe que podrá superarse en el caso de las viviendas donde residan personas con discapacidad)
El plazo de presentación de solicitudes es de dos meses a partir de la fecha de publicación en el BOCAM. El plazo de ejecución, como regla general, no podrá superar los 24 meses.