Los fabricantes deberán cumplir la nueva Directiva europea sobre los equipos radioeléctricos (RED)
La nueva Directiva europea sobre los equipos radioeléctricos (RED), conocida como por sus siglas en inglés ( “RED” Radio Equipment Directive ), sustituye a la Directiva 1999/5/CE conocida como R&TTE”. Esta directiva establece los requisitos para la comercialización, puesta en servicio y uso de equipos radioeléctricos, así mismo regula el procedimiento para la evaluación de la conformidad, la vigilancia del mercado y el régimen sancionador de los equipos de telecomunicación. Es de obligado cumplimiento para el marcado CE sobre los productos afectados.
Conoce mejor la nueva Directiva europea sobre los equipos radioeléctricos (RED)
Los principios generales y los requisitos esenciales de la directiva RED son muy similares a los de la anterior directiva R&TTE. Sí hay deferencias en cuanto a los requisitos técnicos, más centrados en un uso eficiente del espectro radioeléctrico y en la seguridad y salud de los usuarios, así como en procedimientos administrativos y requisitos.
Por ejemplo, la directiva antigua, exigía que, el equipo radioeléctrico utilizara la porción de espectro permitida y, además, evitara las perturbaciones de otras bandas de frecuencias. Esta exigencia se garantizó principalmente mediante la especificación de unos requisitos técnicos que se debían cumplir en la parte transmisora de los equipos radioeléctricos. Los receptores estaban excluidos de la directiva antigua, pero en la nueva si se incluye. Haciendo especial hincapié en los equipos receptores de sonido y televisión (receptores de radiodifusión). También se incluyen equipos que funcionan por debajo de los 9 kHz, equipos de radiodeterminación y aquellos cuya frecuencia de trabajos esté por debajo de los 3.000 GHz. Curiosamente no están incluidos los equipos terminales de telecomunicaciones.
En la figura adjunta se ven el conjunto de parámetros radioeléctricos, tanto de transmisores como de receptores según la norma EG 201 399 del ETSI ( organismo europeo de normalización productos en el sector de las telecomunicaciones).
Transposición a la normativa española de la Directiva europea sobre los equipos radioeléctricos (RED)
La Directiva europea sobre los equipos radioeléctricos (RED) y su transposición mediante el Real Decreto 188/2016 han introducido cambios en el campo de aplicación. El Real Decreto afecta a todos los equipos radioeléctricos e incluso aquellos equipos cuya función principal no es de radio comunicación, pero incorporan un módulo con dicha función. Este caso podría ser el de un equipo que permite la visualización a distancia de los consumos eléctricos y que incorpora un módulo de comunicación. Antes, el equipo habría estado cubierto por las Directivas de Baja Tensión y probablemente por la Directiva de Compatibilidad Electromagnética, mientras que el módulo de comunicación habría estado cubierto por la Directiva RTTE. Ahora este dispositivo pasará a estar cubierto únicamente por la nueva RED que también tiene en cuenta los requisitos de seguridad eléctrica y compatibilidad electromagnética.
Como estamos viendo la directiva RED, afecta a una gran variedad de productos en este mundo cada vez más conectado. Existe todo un conjunto de normas armonizadas para los diversos productos, A modo de ejemplo, la norma EN 303 340 regula los receptores de televisión digital terrestre. La EN 302 571 regula los equipos de radiocomunicaciones integrados en los vehículos conocidos por Sistemas de Transporte Inteligente (ITS). Estos sistemas operan en Europa en el rango de frecuencias de 5855 MHz a 5925 MHz permitirán a los automóviles comunicarse entre sí y con unidades colocadas en la vía. La EN 300 328 regula los sistemas de transmisión en banda ancha en la banda de 2400 MHz a 2483,5 MHz (WLAN). La EN 301 893 regula los módulos de WLAN de alto rendimiento en 5 GHz.
A partir del pasado 13 de Junio de 2017, todos los equipos radio que se comercialicen en la Unión Europea deben cumplir con las disposiciones y requisitos de la directiva RED, incluso aquellos dispositivos que cumplían con la directiva R&TTE pero que estarán en el mercado después de esta fecha. Surge varias preguntas, quizás la primera es cómo se evalúa la conformidad de estos equipos desde su fabricación hasta su posterior distribución comercialización dentro de la UE y de las obligaciones de los importadores para productos de terceros países. A continuación, vemos un cuadro de obligaciones de los diversos agentes económicos.
Autor: Miguel Ángel García- Quismondo
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