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Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado (ROLECE) para gestionar la contratación con el Sector Público

El único y definitivo registro que identifica a los contratistas ante todo el sector público

Fuente: AECIM. Con la entrada en vigor de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, por primera vez, se acomete una simplificación de los trámites para los licitadores y mejor acceso a las pymes, reduciendo las cargas administrativas de todos los operadores económicos intervinientes en este ámbito.

Según la Disposición Transitoria Tercera de esta ley, desde el 9 de septiembre de 2018, aquellas empresas licitadoras que opten por la utilización de un procedimiento abierto simplificado en los contratos de obras, suministro y servicios, deberán estar inscritas obligatoriamente en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, de manera que así puedan acreditar rápidamente su solvencia económica y financiera, clasificación, habilitación profesional o empresarial, y la no concurrencia de las prohibiciones de contratar.

El procedimiento abierto simplificado es utilizado para adjudicar contratos cuyo valor sea igual o inferior a 2.000.000 € en el caso de obras y 100.000 € en el caso de servicios o suministros.

El ROLECE es el único y definitivo registro que identifica a los contratistas ante todo el sector público, sin excepción.

¿Cuál es el objetivo de este registro y cuáles son sus principales beneficios?

Su objetivo es reducir las cargas administrativas del proceso de contratación pública, evitando a los licitadores la necesidad de aportar en cada procedimiento de contratación los documentos que acreditan lo inscrito en el Registro. En su lugar pueden aportar su certificado ROLECE, acompañado de una declaración responsable en la que hacen constar que los datos que figuran en él no han sufrido modificación alguna.

Entre los principales beneficios de la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público destacan:

  • Acceso a mayor número de licitaciones: Las entidades inscritas podrán licitar en Procedimientos Abiertos Simplificados. Las que no estén inscritas no lo podrán hacer.
  • Reducción considerable de la elevada carga de documentación administrativa a aportar en los procesos de licitación, sustituyéndola por la certificación electrónica del ROLECE.
  • Reducción de costes directos (gastos notariales) e indirectos (tiempo de trabajo) para cada proceso de licitación.
  • Visibilidad: Estar dado de alta en una base de datos a la que los diferentes organismos pueden acceder en búsqueda de empresas que ofrezcan los servicios o productos que necesiten.
  • Información: Acceso a base de datos de empresas que estén interesadas en formar Unión Temporal de Empresas (UTEs).
  • Colaboración: Posibilidad de inscribir a su entidad en la base de datos como interesada en formar UTEs.
  • Acceso directo a la solicitud del Documento Europeo Único de Contratación (DEUC). Con la inscripción en el ROLECE parte de la confección de este documento se realiza de forma automática.
  • Acreditación: Las empresas clasificadas podrán acreditar la vigencia de sus clasificaciones de contratistas a través del certificado ROLECE, demostrando de esa forma su capacidad técnica y económica exigida por el órgano licitador.
    En definitiva, el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público se convierte en una herramienta imprescindible para las entidades que deseen contratar con las Administraciones Públicas.

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